Corte Constitucional: Madres adoptantes también son protegidas por fuero de estabilidad laboral reforzada.
Una vez más, la Corte Constitucional ha dado un espaldarazo a las madres adoptantes, a quienes en esta ocasión, les otorgó el amparo constitucional de la Estabilidad Laboral Reforzada.

La máxima corporación de lo constitucional, ha establecido mediante Sentencia T 499A de 2017, que las madres adoptantes también deberán ser cobijadas bajo el fuero de estabilidad laboral reforzada por maternidad.
La Honorable Corte sostuvo en su relatoría, con ponencia del Magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez, que, bajo los principios de igualdad frente a las madres biológicas, las madres adoptantes también son titulares de los derecho a la licencia de maternidad en los mismos términos que una madre biológica.
Para la Corte es importante equiparar las familias integradas por vínculos civiles a aquellas que tienen un origen biológico, de modo de que no existan tratos discriminatorios hacia la actividad legal de la adopción.
Es importante aclarar que, para efectos de reconocimiento de la licencia de maternidad, la Corporación ha señalado que en el caso de las madres adoptantes, esta inicia en el momento en que le es entregado el menor en adopción y tendrá la misma duración de 18 semanas establecida en la Ley 1822 de 2.017.
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